martes, 19 de enero de 2010

Ecologistas recurre esta semana ante los tribunales la autorización de drenaje-reinyección a Mina Las Cruces

SEVILLA, 18 Ene. (EUROPA PRESS) -

Ecologistas en Acción de Sevilla anunció hoy que en el plazo de esta semana presentará un recurso contencioso-administrativo contra la autorización de las obras, instalaciones y actividades de operación del sistema de drenaje-reinyección en los términos municipales sevillanos de Gerena, Guillena y Salteras con motivo del Plan Global de Minas Las Cruces.

Según explicó a Europa Press el coordinador de la campaña, Isidoro Albarreal, en un principio la formación limitará a la jurisdicción contencioso-administrativa, "cuyos plazos son más restrictivos", sus acciones legales, aunque dependiendo de cómo evolucione el conflicto no descartan iniciar acciones penales.

El recurso estará basado en el hecho de que las modificaciones que Mina Las Cruces solicitó en la autorización "suponen cambios sumamente sustanciales" con respecto al proyecto minero que fue sometido a Evaluación de Impacto Ambiental, por lo que éstas deberían someterse a una nueva evaluación.

Respecto al plazo de un mes otorgado por el Defensor del Pueblo Andaluz para atender sus solicitudes --que pasaban fundamentalmente por la revisión de oficio de la autorización--, transcurrido el cual Ecologistas en Acción aseguró que pediría que se depuraran responsabilidades penales, Albarreal señaló que la asociación se encuentra a la espera de un informe de Medio Ambiente, desvelado en el Consejo de Participación de Doñana y en el cual "la Junta dijo que iba a contestar a los argumentos expuestos en el informe del Defensor".

INFORME DEL DEFENSOR

En la resolución de éste, a la que tuvo acceso Europa Press, el Defensor del Pueblo recuerda los "presuntos incumplimientos del ordenamiento jurídico" cometidos por la concesionaria y señala que la teórica autorización de vertido al dominio público hidráulico del acuífero Niebla-Posadas planteada por Ecologistas en Acción debería llevarse a cabo, pues en el concepto recogido en la ley "en ningún momento se hace referencia a la necesidad de que las aguas objeto del mismo sean calificables como residuales, como concluye la Agencia Andaluza del Agua".

Es más, "aún en el supuesto de que no se comparta esta opinión, lo que no entendemos como justificado es interpretar, como parece hacer el organismo de cuenca, que como las aguas contaminadas son sometidas a un proceso de depuración previo al momento de la reinyección, las mismas pasan a tener unas condiciones de calidad que garantizan la compatibilidad con el dominio público hidráulico, por lo que ya no existe tal vertido", pues dichos sistemas de depuración serían los mismos que habrían sido requeridos por la Junta para conceder la correspondiente autorización de vertido, según la Oficina.

Resulta, para el Defensor del Pueblo Andaluz, "obvio" que se cumple la premisa de que para considerarse vertido las aguas objeto del mismo deben provenir de una actividad humana que les haya incorporado elementos físico-químicos ajenos.

Así, se recomendó a la Delegación Provincial de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía en Sevilla que se requiera el correspondiente trámite de prevención ambiental, y a la Agencia Andaluza del Agua que se revise de oficio la autorización y que se requiera a Cobre Las Cruces a obtener autorización de vertido para implementar el sistema.


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