sábado, 22 de diciembre de 2007

El Supremo condena a dos africanos por timar 60.000 euros a un agricultor de Gerena

El Supremo, en una sentencia a la que ha tenido acceso EFE, confirma en todos sus extremos la emitida por la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla y añade que se debe condenar en la franja más alta de las penas posibles atendiendo a 'la innegable peligrosidad que subyace en esta concreta actuación delictiva organizada'.Los acusados T.A. y P.T. establecieron contacto en octubre de 2004 con un agricultor de Gerena (Sevilla), al que hicieron creer que 'eran altos funcionarios de su país' y que poseían 'gran cantidad de dinero' que necesitaban blanquear, para lo cual le hicieron una demostración 'fraudulenta' de los supuestos procesos químicos a que debían ser sometidos los billetes para recuperar su tintada original.La víctima, 'convencido de la bondad del procedimiento', llegó a un acuerdo con los timadores para entregarles 60.000 euros y 'a través del procedimiento anterior obtener dos veces esa cantidad e invertirla en el negocio que explotaba'.El 8 de octubre de 2004, los acusados se personaron de nuevo en la finca y la víctima les entregó 60.000 euros, de los cuales 45.000 pertenecían a una cooperativa ganadera, 12.000 a su amigo P.O.G. y otros 3.000 euros a J.A.O.G., según la sentencia.
Entonces los acusados 'se retiraron a un almacén de la finca para hacer el revelado', y advirtieron a la víctima que 'el proceso tardaba un tiempo', durante el cual 'fueron escondiendo los billetes que habían recibido entre sus ropas', explica la sentencia.En cierto momento del proceso, el acusado T.A. 'simuló estar enfermo y tener que trasladarse a una farmacia', pero como la víctima 'no quería dejarlos marchar, se fue con ellos'.Juntos recorrieron varias farmacias de Sevilla hasta que T.A.salió huyendo a la carrera, si bien el afectado le persiguió, le dio alcance y lo retuvo hasta que llegó la Policía, mientras que el otro imputado fue detenido unas horas después en un lujoso hotel de Sevilla.La defensa de los africanos pidió retirar la 'especial gravedad' de lo estafado atendiendo a que el 85 por ciento del dinero procedía de una cooperativa ganadera 'de suficiente solvencia económica', pero el Supremo responde que, de aceptar tal argumento, 'se produciría el absurdo de que cuando el sujeto de la estafa fuese una entidad de gran poder económico, nunca podría aplicarse esta agravante'.

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